Suprema Corte de Justicia Avala

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acordó proteger a los legisladores que decidan cambiar de fracción parlamentaria o de partido, una vez que asumieron el cargo o durante el periodo para el que fueron electos.

La mayoría de ministros del alto tribunal, por nueve votos contra dos, emitió dicho criterio, al anular la prohibición que se estableció en el Código Electoral del Estado de Coahuila para que ningún diputado electo pudiera separarse de la fracción parlamentaria con la que llegó al Congreso local.

El último párrafo del artículo 13 del Código Electoral de Coahuila, que dice “ningún diputado electo podrá separarse de su fracción parlamentaria, salvo en el caso de candidaturas comunes”, fue revisado como parte los juicios de acciones de inconstitucionalidad que promovieron los partidos de la Revolución Democrática, del Trabajo y Convergencia en contra de las recientes reformas electorales que se aprobaron en la Entidad.

En este caso en concreto, el pleno de la Corte determinó que este tipo de prohibiciones no están contempladas en la Constitución, además de que violan el derecho de libre asociación de los legisladores.

El presidente de la Corte, Guillermo Ortiz Mayagoitia se pronunció por permitir que los legisladores puedan cambiar de fracción parlamentaria.